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9 ago 2010

A 166 años de Vida Institucional en la República Dominicana. Aún no tenemos la democracia soñada por los forjadores de nuestra nacionalidad

Fuente: Listín Diario, “En La Historia”, escrito por Manuel de Jesús Mañón Arredondo, Pág. 8, domingo 6 de noviembre de 1994,

Este próximo 6 de noviembre del 2010, se cumplen 166 años de tener la República Dominicana un marco institucional. La primera constitución de esta naciente nación fue votada en la ciudad de San Cristóbal, el 6 de noviembre de 1844. Siendo sin ningún temor a equivocación, el más brillante ejercicio de las fuerzas morales más puras de la naciente República.

Desde entonces, las fuerzas más progresistas del país han caído hasta caer vencidas para que la vieja constitución de San Cristóbal y las demás no fuera un instrumento oficial de uso privativo en los gobiernos de turno, sino doctrina democrática de todos los ciudadanos.

Todavía no se ha logrado cabalmente que el programa político trazado en la Constitución de San Cristóbal sea lo que soñaron Juan Pablo Duarte y sus Trinitarios para que fuera la lumbre humana y el propósito heroico que dieron vida, con cuerpo y espíritu a la Nación Dominicana, pues todavía no tenemos democracia, sino excesivas libertades y tiranías

¿Qué ha quedado de aquella Constitución de San Cristóbal?, la más esencial, ha sido la base jurídica del Estado, y de su organización, y de haber realizado la obra institucional de la República, así como la reafirmación de la nacionalidad dominicana. A subienda que en aquel primer texto elaborado, había un sincero patriotismo que le dio su aliento.

La pureza de sanos propósitos liberales como fue concebida Constitución de San Cristóbal resulto como un rayo de efímera luz. Solo tuvo cinco días de virginal pureza. Pues el día 11 de noviembre del 1844 el general Pedro Santana, ya electo Presidente de la República, se negó a obedecerla y cumplirla. Por considerar que no le daban poderes suficientes y la rechazó con desprecio y amenazas

Desde entonces costó a la primera Carta Magna intercalar el desgraciado artículo 210 donde se le conferían poderes extraordinarios y tiránicos al héroe del 19 de marzo. Que ya tenía el poder militar en sus manos. Así se impuso del omnipotente individualismo político en la República por encima de la voluntad soberana del pueblo. Y desde entonces, todas las demás constituciones nacionales fueron y han sido desnaturalizadas por afrentosas violaciones hasta el día de hoy. Y muy próximo seguirán los cambios según las apetencias de los partidos políticos, los gobernantes y los gobiernos.

El primer Congreso que tuvo la República Dominicana, se instalo en la ciudad de San Cristóbal, el día 21 de septiembre del 1844, bajo la dirección de Don Manuel María Valencia, diputado por Santo Domingo. Como la principal finalidad de este Soberano Congreso, era la de elaborar la Carta Fundamental del E stado, de ella se ocupó en primer término, siendo sancionada esta Primera Constitución Política de la República Dominicana, el 6 de noviembre de 1844, y promulgada por el Poder Ejecutivo con gran solemnidad en Santo Domingo, el día 24 de noviembre del 1844.

Esta Constitución estaba dividida en once Títulos y uno adiciona; seis capítulos y doscientos once artículos. Votada en el NOMBRE DE DIOS UNO Y TRINO, AUTOR Y SUPREMO LEGISLADOR DEL UNIVERSO, fue firmada por: el Presidente Manuel María Valencia, diputado por Santo Domingo; el vicepresidente Antonio Gutiérrez, diputado por Samaná; A. Ruiz, diputado por Hato Mayor; Andrés Roson, diputado por Baní; Antonio Giménez, diputado por Bánica;

Bernardo Aybar, diputado por Neiba; Buenaventura Báez, diputado por Azua; Casimiro Cordero, diputado por La Vega; Domingo Antonio Solano, diputado por Santiago; Domingo de la Rocha, diputado por Santo Domingo; Facundo Santana, diputado por Los Llanos; Fernando Salcedo, diputado por Moca; José Tejera, diputado por Puerto Plata; José Mateo Perdomo, diputado por Hincha; José María Medrano, diputado por Macorís; José Valverde, diputado por Cotui;

Además; Juan P. Andújar, diputado por Cahobas, Juan Reinoso, diputado por La Vega; Juan de Acosta, diputado por El Seibo; Juan Rijo, diputado por el Higuey; Juan López, diputado por San José de Las Matas; Juan de Jesús Ayala, diputado por San Cristóbal (el padre Ayala, vegano); Juan de los Santos, diputado por San Juan; Juan Nepomuceno Tejera, diputado por San Rafael; Julián de Aponte, diputado por el Seybo; Manuel González Bernal, diputado por Monte Plata y Boya;

Manuel Abre, diputado por Montecristi; Manuel Díaz, diputado por Dajabón; M.R. Castellano, diputado por Santiago; Santiago Suero, diputado por Las Matas; Vicente Mancebo, diputado por Azua; Dr. Caminero, diputado por Santo Domingo; Secretario; Juan Luis Bido, diputado por Santiago.

La primera edición de esta Constitución, fue impresa en Santo Domingo, en la Imprenta del Gobierno en la portada un primitivo Escudo de la República