Denuncian anomalías en licitación de la nueva carretera Cibao-Sur | |||||
La Alianza Dominicana Contra la Corrupción exige a la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas que investigue este proceso.
SANTO DOMINGO.-La Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO) solicitó a la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas investigar el proceso de licitación para la construcción de la carretera Cibao-Sur realizado por el Ministerio de Obras Públicas (MOPC). La entidad, en una declaración escrita, afirma que en dicho proceso han sido cometidas irregularidades. Indica que el procedimiento utilizado por el Ministerio de Obras Públicas para la asignación de la obra, viola artículos de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Obras y Servicios así como el artículo 16 del Tratado de Libre Comercio, DR-CAFTA, firmado entre la Republica Dominicana, Estados Unidos y Centroamérica. Señala que el DR-CAFTA obliga a todas las instituciones centralizadas del Gobierno a realizar servicios de contratación mediante licitaciones internacionales “siempre que el valor del contrato sea igual o superior a los 6 millones 725 mil dólares”. Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, coordinador general de ADOCCO, señala que el concurso convocado por el MOPC se está realizando bajo la modalidad de licitación pública nacional, por considerar que la reconstrucción y mejoramiento de la carretera Cibao Sur superará con creces el monto establecido por el DR-CAFTA. Explica que a los interesados se les exigió haber participado durante los últimos 15 años en la ejecución de un mínimo de dos obras cuyos montos sean mayores de 60 millones de dólares y haber participado durante el mismo período en proyectos similares cuyos montos actualizados también sean mayores a los 60 millones de dólares. A su juicio, es una grave irregularidad que la licitación se esté realizando sin un presupuesto previamente establecido, en franca violación del artículo 38 de la Ley de Contrataciones Públicas, al igual que el Reglamento de la Ley 340-06 que dispone en su artículo 38 que ningún procedimiento de compras o contrataciones podrá ser iniciado si no se dispone de la apropiación presupuestaria correspondiente. La instancia, depositada ante la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas, advierte que la licitación se realizó en violación del Sistema Nacional de Planificación, según el cual las entidades contratantes están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. |
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